1. Introducción. Directiva 2019/1158 y transposición interna.
El mandato europeo es claro: lograr la igualdad real entre mujeres y hombres exige remover las barreras que desplazan sobre las mujeres el coste del cuidado e impiden una participación simétrica en el empleo. La Carta de Derechos Fundamentales ancla este mandato a través de la igualdad entre mujeres y hombres (art. 23) y el derecho a la vida familiar y a permisos parentales (art. 33); su lectura sistemática, junto con los arts. 8, 10 y 157 TFUE, obliga a integrar la perspectiva de igualdad en todas las políticas, incluidas las de tiempo de trabajo y permisos. La Directiva (UE) 2019/1158 concreta este mandato en cuatro piezas: permiso de paternidad, permiso parental, permiso de cuidadores y fórmulas de trabajo flexible, todo ello presidido por la prohibición de trato desfavorable por haber solicitado o disfrutado estos derechos (art. 11). La Directiva no es una mera agenda social, sino que viene a imponer estándares mínimos cuya efectividad práctica condiciona la igualdad material.