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El espacio reconocido en nuestro ordenamiento jurídico al derecho de huelga se ve sometido a los vaivenes que le imprime la jurisprudencia ordinaria y constitucional a lo largo del tiempo. En este sentido, sería muy necesario traer a colación la advertencia realizada en 1981 por Lyon-Caen respecto a la situación del derecho de huelga en Francia: «la définition de la grève se modifie au gré des humeurs de la Cour de cassation». Es decir, advertía este autor, para un ordenamiento con una regulación del derecho de huelga más detallada, de la importancia que, en cada momento, posee la jurisprudencia constitucional a la hora de perfilar sus caracteres básicos. En nuestro caso, obviamente, tal significación es aún mayor, dada la precariedad de la regulación del derecho fundamental de huelga en nuestro país.