La vis atractiva de las competencias del Estado en materia de Seguridad Social:

a propósito de la Sentencia del Tribunal Constitucional 12/2026, de 11 de febrero de 2026

El Pleno del Tribunal Constitucional ha tenido que volver a pronunciarse en relación con la interpretación de las competencias exclusivas del Estado en materia de legislación básica de Seguridad Social del artículo 149.1.17ª de la Constitución Española y su delimitación con las competencias ejercidas por parte de las Comunidades Autónomas.

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