Apuntes para una (inaplazable) reforma del tiempo de trabajo

Tiempos de trabajo productivos y (re)productivos en el siglo XXI.

En pleno siglo XXI los usos del tiempo continúan subordinados a aquellos de trabajo, como ya afirmara M. R. Alarcón Caracuel en su Ordenación del tiempo de trabajo, en 1988. Disponer -o no- de tiempo en un empleo condiciona sensiblemente, y con carácter general, la condición de ciudadanía, entendida de forma esquemática como la capacidad de participación plena en las sociedades ordenadas por la producción capitalista. Ello es así, sin embargo, en un tiempo como el actual en los que el trabajo de cuidados, el mal denominado trabajo (re)productivo, se ha situado de manera indiscutible en el centro del debate social, político y económico. La necesidad social de cuidar y de ser cuidado, con mayor énfasis a partir de la irrupción de la pandemia que aún se transita, constituye una evidencia tan irrefutable como la carencia de respuesta política y jurídica satisfactoria. Se afirma de forma rimbombante que ha llegado el momento de intervenir sobre el diálogo entre productivo y (re)productivo, pero se mantiene la inercia de absoluto predominio del tiempo de trabajo productivo, incluso en el seno de éste cuando se establecen las
relaciones entre vida familiar y laboral. Con ello, se ratifica diariamente un orden sociopolítico que iniciara dos siglos atrás, basado en la invisibilidad y la desigualdad que produce no atribuir valor social y económico alguno al trabajo (re)productivo.

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