La Reforma del Artículo 49 CE: de la Atención Especializada la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad

Avances normativos hacia la inclusión social de personas con discapacidad en España

En España, el mandato constitucional del artículo 49 de la Constitución española (CE) arrancó prontamente con la Ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos, construida sobre las Resoluciones de la ONU que partían del modelo médico asistencial individual.


Posteriormente, la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social –de transposición de la Directiva 2000/78/CE–, supusieron una mejora del aparato normativo español, tratando de sustituir aquél y avanzar hacia el modelo social. Con la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad (CIDPD) de Naciones Unidas de 2006 (ratif. España en 2008), se busca instaurar plenamente el modelo social y se habilita al Gobierno para refundir la normativa vigente, aprobándose el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (LGDPD).

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