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De acuerdo con los arts. 6 y 7 RD 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, la solicitud de registro del plan de igualdad se efectuará por la persona designada por la comisión negociadora se debe presentar ante la Autoridad Laboral
competente en función del ámbito territorial del plan (corresponde al RECGON, adscrito a la Dirección General de Trabajo, la inscripción de los planes de igualdad de ámbito estatal o supraautonómico y a la autoridad laboral autonómica competente, la inscripción de los planes de ámbito de Comunidad Autónoma .