El Pleno del TC dictó, 22 de septiembre de 2024, una interesante sentencia, en la que se condensan años de jurisprudencia en Derecho parlamentario y derecho fundamental a la representación y al cargo representativo con plenitud de funciones (art.23 CE). Se trata, para empezar, de una sentencia dictada en proceso constitucional de amparo (arts 41 a 58 LOTC). Ello quiere decir que el TC ha hecho valer no sólo su margen de apreciación de la “especial trascendencia constitucional” para su admisión a trámite, sino que, por su singular impacto sobre la interpretación de la Constitución, su general eficacia y determinación del contenido y alcance de los derechos fundamentales (art.50 LOTC), ha decidido avocarlo desde la Sala al Pleno (arts.10.n y 13 LOTC), en modo que en su enjuiciamiento han participado los/as doce magistrados/as que lo integran (habiéndose completado su composición con la incorporación reciente del magistrado Macías Castaño, tras votación, por 3/5, en el Pleno del Senado).

Decisivo en la Reforma Laboral: el disputado voto del Diputado Casero (Recurso de Amparo al TC)
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