Reflexiones sobre una nueva regulación del tiempo de trabajo en el entorno digital.

La incorporación de tecnologías digitales en los modos y sistemas de producción ha producido efectos equiparables a la introducción de cualquier otra tecnología con anterioridad, pero de modo amplificado como consecuencia de la digitalización de la propia sociedad, que ya no concibe el trabajo, el entretenimiento, las relaciones o el consumo sin la cotidianidad de internet, las redes sociales y el acceso libre e inmediato a casi todo tipo de información y servicios. En el mundo del trabajo las tecnologías digitales y, más recientemente, la inteligencia artificial, han inundado los medios y los dispositivos de trabajo, la comunicación y los modos de trabajo: modifican la prestación de trabajo, hacen más fáciles, rápidos y eficientes los trabajos y facilitan la prestación en cualquier tiempo y momento. Han hecho posible la
consolidación del teletrabajo y han facilitado aún más las prestaciones transnacionales y en remoto, han creado nuevos modelos de negocio y de trabajo a partir de herramientas tan simples como un teléfono móvil con una aplicación inteligente basada en algoritmos.

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