Implicaciones de la derogación del Contrato de Obra o Servicio Determinado del Art. 15.1 a) LET sobre los Contratos de Obra o Servicio Derivados de proyectos de investigación.

El RD-L 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, ha venido a derogar el contrato para obra o servicio determinado del artículo 15.1, a) LET, y con ello ha hecho desaparecer una modalidad contractual tradicional y muy conocida de nuestro modelo de relaciones laborales, que, además, venía utilizándose con asiduidad en ámbitos para los cuales no había sido diseñada y en los que presentaba difícil encaje. En concreto, se utilizaba con frecuencia y generosidad en el ámbito de la investigación, realizada en centros públicos, organismos públicos de investigación y universidades públicas, para realizar trabajos de investigación, de innovación y de gestión de duración determinada en el marco de proyectos de investigación con financiación específica externa y también de duración determinada. Estos contratos para obra o servicio determinado en el seno de proyectos de investigación son muy numerosos en las Universidades y organismos públicos de investigación, de muy variada duración y carácter, pero tienen en común que deben su existencia a la concesión y financiación a la Universidad o centro de investigación de que se trate de determinados proyectos de investigación e innovación dentro de las convocatorias, tanto públicas, como privadas, que fomentan y financian las tareas de investigación e innovación académica, científica y tecnológica en España.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad