Temporalidad en España

CONTENIDO

A favor y en contra

La sección de análisis del grupo Net21 aborda hoy el debate sobre la temporalidad en España.

Reflexiones en torno a la temporalidad 

Francisca Fernández Prol

La temporalidad en el empleo y la presencia intermitente en el mercado de trabajo son fuente de vulnerabilidad y desigualdad. Implican, como es obvio, pobreza en el sentido estricto del término, esto es, carencia o escasez de recursos para vivir.

Además, pese a la premisa de igualdad y no discriminación por razón de temporalidad, el estatus jurídico-laboral de que disfrutan fijos y temporales es sensiblemente dispar. Podría decirse, en un ejercicio de generalización deliberado –por ilustrativo-, que estos últimos cobran menos,
se hallan sujetos a una jornada menos conveniente, tienen, de facto, prácticamente vetadas la formación y la promoción profesional, resultan más expuestos a los riesgos profesionales y tienen mucho más complicado ejercitar sus derechos colectivos. Y debe repararse, así mismo, en otro efecto indirecto: la correlativa exclusión, por el impacto en carreras de seguro y cotizaciones, de la más sólida red de protección social, el nivel contributivo del Sistema público de Seguridad Social. En el plano personal, finalmente, quien carece de estabilidad laboral ve así mismo mermadas sus expectativas vitales, por las dificultades inmediatas para conciliar vida personal y familiar con un trabajo en cambio constante, pero también por la ausencia de certidumbres a largo plazo. Y tal deterioro del régimen jurídico laboral y
social, así como de la calidad de vida de los trabajadores temporales, es mayor cuanto menor es la duración del contrato de trabajo.

Notas sobre la temporalidad en España


Edurne Terradillos Ormaetxea

El recurso desaforado a la temporalidad por parte de las empresas españolas es un tema tan añejo como irresuelto por los distintos legisladores españoles. Las últimas estadísticas del Ministerio de Trabajo y Economía Social1 arrojan unos datos que corroboran una tendencia que se ha repetido, si acaso se ha intensificado, en los últimos 40 años de relaciones laborales de la democracia: del total de trabajadores, un 71,0% tenía contratos de duración indefinida, mientras que el 29,0% restante tenía contratos temporales.

Además, a la luz de la Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral. España 2019, del Consejo Económico y Social (CES) -p. 23-, España es uno
de los países del Derecho comparado que peor comportamiento muestra en esta cuestión. La peor parte se la llevan las mujeres del sector público y los
jóvenes, y la combinación de esos dos factores arroja el escenario más lesivo, “ya que la tasa de temporalidad femenina en los menores de 30 años fue 2,5 puntos mayor que la masculina en 2019”.

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