El profesor sustituto: una precariedad laboral estructural al servicio de las universidades públicas (II)
El hecho de que el art. 80.1 b) LOSU prevea que el profesorado sustituto únicamente desarrolle las tareas docentes del profesorado sustituido está teniendo una importante derivada en materia de jornada de trabajo de esta modalidad contractual que, con carácter general, es definida por las universidades contratantes como a tiempo parcial. Ello se justifica en … Leer más