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- Reversión de Servicios Públicos. Últimos pronunciamientos. - 10 de mayo de 2022
Aunque el art. 44 ET es aparentemente claro ensu redacción, en la práctica, surgen diversas dudas relacionadas con el alcance real de sus postulados. Pero entre las formas más complejas que en la práctica pueden revestir los fenómenos de sucesión de empresa, especial mención requieren, sin duda, los supuestos de reversión de un servicio público. Esto es: de retorno a la gestión pública de un servicio que anteriormente se había prestado de forma externalizada a través de un contratista privado.